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Veréis, mi pareja y yo estamos muy interesados en un piso. Hemos enviado los papeles y toda la documentación que nos han pedido y nos han dicho que en un principio no tendría que haber ningún problema y que ya nos llamarían. Pero hemos visto en una página web, que esta inmobiliaria tiene la fama de decir, si, todo bien y luego dicen: lo siento otra pareja la vio primero! entonces estoy un poco preocupada y no me quedaré tranquila hasta que no esté firmado el contrato. Entonces, ¿después de esto, realmente pueden decirnos que no?
Hola Dumus e inmoboteros:
les sugiero la lectura de lo siguiente:
http://blog.enalquiler.com/2010/guias-alquiler-pisos/reserva-piso-en-alquiler/
reciban un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Hola pregunta:
coincido con la respuesta de mi compañero pholmo.
reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
La realidad desde el punto de vista jurídico es que se trata de un contrato consensual que se perfecciona con el mero consentimiento por lo tanto si pueden acreditar ese acuerdo verbel previo podrán exigir a la inmobiliaria indemnización por incumplimiento de contrato.
para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo llamando al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/
Disiento en una cosa, en el alquiler no hay arras o señal y parte de pago, no hay la obligacion de devolver el doble, el articulo 1454 del C.C. se aplica a la compra-venta de viveindas no al alquiler, si se firma una reserva con un intermediario y la propiedad decide no alquilarlo por razones X , lo que esta obliga la inmobiliaria es a devolver el importe integro sin descontar nada, ni cobrar estipendio alguno.
en todo caso se podra reclamar por daños y /o perjucios ocasionados.
pero dependera de cada caso.
en todo lo demas correcto, lo mejor es firmar una reserva con todos los datos y condiciones y si se desea y las aprtes estan deacuerdo poner clausulas de penalizacion en dicha reserva, pero sin esas clausulas de penalizacion como digo no hay obligacion de devolver el doble, solo la cantidad entregada.
Hasta que no se firma el contrato de alquiler no hay compromiso firme y cualquiera de las partes puede desistir. Para evitarlo, se suele hacer un precontrato o contrato de arras, indentificando bien la vivienda que se va a alquilar, el plazo, los interesados en alquilar, la renta mesual y la fecha máxima para la firma del contrato. Se entrega una señal a cuenta, de manera que llegada la fecha para firmarlo, la parte que desista pierde la cantidad de la fianza: en este caso, la inmobiliaria devolvería el doble de lo recibido.