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Llevo viviendo desde hace 6 años en una vivienda con contratos de temporada consecutivos, y el propietario aumenta la renta del alquiler en cada nuevo contrato según el IPC. Ahora quiere nuevamente volver a realizar un contrato de temporada con el consiguiente aumento de la renta según el IPC. Yo quiero plantearle que hagamos un contrato normal de 5 años y que adecue la renta a la realidad del mercado. Si no acepta, en que situación quedo con respecto a una supuesta denuncia por parte del propietario?. Puedo exigir el cambio de la formula del contrato y el ajuste de la renta?. El IPC es un indicador habitual y de uso actual para el aumento de las rentas?. Si no acepta cuanto tiempo puedo estar en la vivienda hasta encontrar una nueva?.
Hola Rolo:
1º) Por los datos expuestos-concatenación de contratos iguales excepto la actualización de la renta conforme al ipc - usted se halla en realidad ante un contrato de arrendamiento de vivienda permanente, presumiblemente en cuanto a su duración a lo establecido en el artículo 10 lau 1994. En el siguiente enlace encontrará información detalla que dará respuesta al resto de sus preguntas:
http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/
respecto a la actualización de la renta en el siguiente enlace encontrará información detallada:
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
email:: armandogarcia@ical.es
http://letradosalquileres.es.tl
Evidentemente está sufriendo un fraude en cuanto al tipo de contrato. Pero el hecho de que el arrendador pretenda actualizar anualmente la renta conforme al IPC General Interanuall se ciñe estrictamente a la legalidad; aunque tuviese un contrato de alquiler por cinco años la renta se actualizaría de la misma forma.
Si no llegan a un acuerdo respecto de las condiciones usted podría quedarse hasta el vencimiento del contrato pagando la misma renta de ahora, o si se queda después quizás pudiese hacer valer que se trata de un contrato sujeto a la primera prórroga hasta que se cumplan 8 años del primer contrato, pero deberá asumir la actualización de la renta.
Si se marcha en un momento diferente al vencimiento del contrato el dueño podría pedir una indemnización por los daños sufridos, que suele cifrarse en los juzgados en una o dos mensualidades de renta.