¿Qué pasa si el arrendatario de un alquiler de local no entrega las llaves en su fecha? Se puede acudir a un cerrajero?
Si se ha notificado al arrendatario la voluntad de no renovar un contrato de alquiler de local, y vencido el plazo éste no entrega las llaves, ¿se puede tomar posesión del local sin más, o incluso llamar a un cerrajero? ¿Qué hacer con los enseres que deja el arrandatario en el local?
Muchas gracias
Preguntado por:
ana riveiro
Hace 15 años
Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (4)
Raul ha sido el primero en contestar Juan ha sido elegida Mejor Respuesta
Juan
profesional
La Ley de Enjuiciamiento Civil dice que se debe acudir a un juicio verbal para recuperar la posesión de una finca urbana arrendada, tanto sea por falta de pago o por extinción del plazo fijado en el contrato (art. 250.1.1ª de la LEC).
De esta norma cabe resaltar que una cosa es la extinción del contrato y otra bien distinta la recuperación de la posesión.
En este caso, el contrato queda extinguido el 1 de enero, lo que genera la obligación del arrendatario de abandonar la finca, pero, si no la abandona, el arrendador no puede recuperarla por la fuerza, sino acudiendo al juez.
El contrato finaliza el 1 de enero del 2009, en el consta "se entenderá resuelto a todos los efectos el día uno de enero del año 2009, sin necesidad de requerimiento previo alguno por parte de la arrendadora ni cumplimiento de cualquier otra formalidad. Llegada, pues, la expresada fecha, la arrendataria deberá desocupar y dejar libre y a entera disposición de la arrendadora el local, haciendo entrega a ésta de las llaves del mismo"
Tambien consta que se puede negociar un nuevo contrato, pero la arrendataria no se ha puesto en contacto, es mas, debe 2 meses de alquiler (el pago es mensual).
Todavía cabe la posibilidad de que hagamos un nuevo contrato, eso si cortito, si se pone al día en los pagos.
La duda que se nos plantea es que pasa si no entrega las llaves, además de que tiene maquinaria dentro del local.
¿El inquilino ha abandonado el local y simplemente no os ha dado las llaves, ni firmado el fin del contrato? Hasta que no se firme el fin del contrato y se haga entrega de las llaves vosotros no podéis entrar en el local alquilado. Si cambias la cerradura sin haber finalizado el contrato de alquiler te puedes ver en problemas.
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