Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Galia

casero/a

¿Como rescindir el contrato de duracion 1 año si es prorrogable por ley hasta 5?

He alquilado mi piso con fecha 1/1/10 y finalizará pasado el año. Quiero rescindir el contrato y que no se prorrogue hasta 5 ya que los inquilinos no me dan más que problemas y la prioridad del piso es la venta. Niegan el derecho a visitas para posibles compradores por lo que necesito rescindir el contrato y ponerlo otra vez en alquiler pero con un contrato ¿ diferente. ¿ Cómo hacerlo antes del 1 de enero de 2011?

  • Preguntado por: Galia
  • Hace 14 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
Mari Lolis ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Galia:

     

    Como le han indicado, salvo que en su caso se de alguna de las causas de resolución del art 27 LAU 1994, usted no podrá instar la resolución del contrato.

     

    Hable con ellos, explíqueles la necesidad que tiene usted de vender el piso, que la venta no perjudicará sus derechos como arrendatarios(arts 25 y 14 LAU 1994) y que le hagan el favor de poder enseñar el piso en dias y horas en los que no se les cause molestia alguna.

     

    Si lo anterior no funciona, tendrá que negociar una resolución de mutuo acuerdo con los arrendatarios, a cambio de alguna compensación económica.

     

    Reciba un cordial saludo 

     

    Despacho Armando García Fernández.

     

    http://letradosalquileres.es.tl

     

    Email: letradoalquileres@hotmail.com

     

    Email2: armandogarcia@ical.es

     

  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    si el contrato se firmó en enero del 2010, no vence hasta enero del 2015 y no puedes hacer nada.

    El contrato no vence al año, se renueva el solito en cada anualidad hasta llegar a 5 años y sólo el inuilino en una anualidad puede rescindirlo.

    Respecto a que te dejen entrar en su casa para enseñar el piso, es lógico, tu no tienes derecho ni a entrar, ni a tener llave, ni a tener cartel de venta.

    Y a nadie le puedes hacer un contrato como tu quieras, el contrato se hace según la ley.

    Tienes una opción para que se vayan y se traduce en $$$$$$ hazles una ferta

Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas