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Estoy apunto de entrar en una casa con un contrato de alquiler por 1 año, sin embargo mi novia es profesora interina y puede que la destinen a otra provincia y tengamos que mudarnos, ¿Puede en este caso el propietario reclamar el pago del año completo?
Repito lo que he escrito:
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ningún arrendador te va a firmar esa cláusula.
lo más lógico y fácil de que se te acepte es Pactar la indemnización, que podríais Dejar estipulado con el pago de una mensualidad
"
en el caso de javiersantander, dos mensualidades.
Javier, yo me refiero a una cláusula tal como propone Oscar, sin que el casero tenga derecho ni a reclamarte el resto del año ni a quedarse la fianza. Con ello entiendo que se refiere a una renuncia del casero a cualquier indemnización.
Y creo que Crazyh entiende lo mismo cuando comenta:
Ningún arrendador te va a firmar esa cláusula.
nova, hay caseros que si firman esas clausulas. Yo lo hago, eso sí con un preaviso de 2 meses y una clausula que especifica que en caso de incumplir el preaviso se aplica una penalizacion equivalente a los 2 meses de renta.
Yo tampoco creo que ningún casero te vaya a firmar esa cláusula que comenta Oscar, ya que en la práctica significaría que te podrías ir cuando quisieses tan sólo avisando con 30 días de antelación. Para tener un inquilino que lo mismo se puede quedar unos pocos meses pones el piso en alquiler por meses sueltos, ya que entonces los precios son mucho mas altos.
Ningún arrendador te va a firmar esa cláusula.
Lo más lógico y fácil de que se te acepte es pactar la indemnización, que podríais dejar estipulado con el pago de una mensualidad
Obviamente no los mandan a otra comunidad, pero en andalucía hay provincias que se separan 4 horas de coche una de otra, y no es interesante tener 2 alquileres.
Intentaré lo que dice Oscar. Aún no he firmado así que intentaré incluir esa claúsula.
Gracias.
Hola,
Si aún n o has firmado dile que te lo haga de menos tiempo, o añade una cláusula que si lo abandonas antes de 1 año, y avises con un tiempo determinado de antelación (por ejemplo 1 mes), no tiene derecho ni a reclamarte el resto del año ni ha quedarse la fianza. Puedes poner en el contrato la razón de dicha cláusula.
suerte
oscar
Si, podría demandaros por incumplimiento de contrato.
De todos modos, los profesores interinos no son destinados a otra comunidad autónoma sino a otra localidad de la misma comunidad...
Yo - como inquilino - me buscaría un piso en un lugar bien comunicado para no tener que mudarme a cada paso...
Y como casero, no arrendaría al mismo precio para un tiempo "indeterminado" (si le peís cláusula de rescisión sin penalización vendría a ser eso) que para un período de mínimo un año.
Saludos - Papeleos Alquiler.
Saludos - Papeleos Alquiler.