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Vivo de alquiler en un piso de protecion oficial y enmi contrato aparece la clausula 2.0 de la ley de urbanismo. pero no me dice ninguna cantidad que yo tengo que pagar el legal..o me puedo negar a pagar ya que desconozco el importe
Si no recuerdo mal, la ley de urbanismo es competencia autonómica, y no estatal.
Y si no recuerdo mal, la jurisprudencia ya ha marcado que, para el pago del IBI, con estar reflejado en el contrato llegará, cosa que no pasa con los gastos de comunidad, por ejemplo, que tiene que estar reflejado en el contrato con su importe
es que dentro del articulo 20 dece asi para su valided este pacto debera constar por escrio y determinara el emporte anual de dichos gastos a la fecha de contrato... entoces si no aparece ningun gasto cono deberia de aparecer no deberia d estar obligada
Para el ibi no hace falta especificar la cantidad y queda a lo pactado en el contrato, asi que deberás pagarlo