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En la Comunidad de Madrid, al parecer tienes 30 días para pagar el ITP. Yo me acabo de enterar de esta obligación y llevo casi cinco meses de alquiler. ¿Se puede pagar este ITP fuera de plazo? ¿Hay alguna sanción por no hacerlo en plazo?
Un saludo.
Simpre hay sanción por pagar las obligaciones fiscales fuera de plazo. Sin embargo el ITP en arrendamientos no es facil de detectar, si lo paga antes d eque eso ocurra puede librarse de la sanción pagando los intereses de demora.
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