Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

pakovich63

casero/a

¿Puede el arrendador renunciar a la fianza legal?

En caso de no hacerse entrega por parte del arrendatario y, consecuentemente no ser depositada en el organismo correspondiente.

  • Preguntado por: pakovich63
  • Hace 10 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (4)
Josep Térmens Viñas ha sido el primero en contestar
Josep Térmens Viñas ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Bueno el texto de la ley es bastante claro:

    "A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda."

    Otra cosa es que usted desee "perdonarla" pero tendrá que ingresarla en el organismo de su Comunidad Autónoma, de su bolsillo.

    Saludos - Papeleos Alquiler.

  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Yo diría que no es posible renunciar a la fianza legal, ya que se trata de un artículo que es obligatorio y no dispositivo.

    De hecho, siendo totalmente dispositiva la LAU para los arrendamientos para uso distinto, el art. 36 es obligatorio y obliga en todo caso a entregar fianza.

    En todo caso, como ya le han dicho, eso no le eximiría del depósito de la misma.

    www.desalvador.es

  • Josep Térmens Viñas

    Josep Térmens Viñas

    profesional

    Yo entiendo que el arrendado sí puede renunciar a la fianza, con independencia de si la ingresa o no en el organismo competente.

    http://www.abogadoarrendamientos.com/

  • usuario eliminado

    pakovich63: los posibles pactos entre particulares (incluso si son válidos) no vinculan a la Administración. Dicho en otras palabras si hay un contrato de arrendamiento Ud. tiene que depositar la fianza en el correspondiente organismo de la CCAA de manera obligatoria, independientemente de cual sea la situación entre Ud. y el inquilino.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas