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Tengo un local de hosteleria arrendado, la inquilina siempre me paga con retraso y actualmente ya lleva dos meses sin pagar y el 5 de este mes serán 3 mensualidades.
Me propone que tiene un señor que le coge el negocio y que le paga un traspaso.
En el contrato está claro que se renuncia al art. 32 de la LAU y que no se permite ni subarrendar, ni ceder, ni traspasar. En este caso ella me pide permiso para dicho traspaso y yo se lo concedo con la obligación que ella me abone el 15% del traspaso, más lo que me adeuda, de esta forma ella sale del problema y todos ganamos.
Pero en esta situación ella no esta de acuerdo alegando que en el contrato no consta ningún porcentaje de posible cobro por el arrendador, y que quiere traspasarlo, pero sin abonarme nada.
Si le permito el traspaso, puedo, por ley, ¿solicitar que me abone un porcentaje por el traspaso?
Gracias de antemano.
Ola David:
Coincido con la respuesta de mi compañero Pholmo.
Reciba un cordial saludo.
En realidad en ese caso no existe traspaso sino enajenación de un negocio enmarcha, sobre cuyo precio el casero no tieneningun derecho
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Si no tiene derecho al traspaso ,es que no lo puede hacer y debe negociar y abonar el 15% es un buen trato