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guillearg

inquilino/a

Necesito asesoramiento sobre unos desperfectos de muebles en el piso que alquilé el 01/12/2009

Hola, he alquilado un piso recientemente, llevo 20 dìas  en él,es con muebles. .El hecho es que la casera me advirtió que la lavadora perdía un pelin de agua y que había dado mi tel al fontanero para que vinera a arreglarla, el fontanero no ha venido y al  poner la lavadora se inundó la cocina por el agua que perdía y además no puedo poner ni jabón ni suavizante porque se pierde no llega a la ropa, luego em dijo que falatban pilas para el mando del aire acondicionado y que comprara yo las pilas lo hice y tampoco funciona. Al comentar esto a la casera me contestó que me fuyera a una tienda de segunda mano a comprar una lavadora y que me encargara de todo yo, y nada más. Tengo miedo que me reclame el pago de las dos averìas que yo no provoqué nunca pude usar el aire y la lavadora solo dos veces y lleva desde el 01 de diciembre de 2009 viviendo allí.Es mi primer contrato de alquiler y no sé qué hace a dónde recurrir y como nada de esto.

  • Preguntado por: guillearg
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (10)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Muelles, creo que las 3 pensábamos lo mismo...

    La factura, aunque adelante el pago el inquilino, debe ir a nombre de quien finalmente la vaya a pagar.

     

  • Muelles

    casero/a

    Vale, me habéis convencido con lo de la factura. Aunque yo sería de las que pagara con tarjeta para "dejar rastro".

     

    En cuanto a descontar el importe de la renta, cada casero es un mundo. Yo, al igual que inquilino_y_propietario preferiría ir deduciéndolo de los meses posteriores, pero hay quien no. Por ello, y a no ser que se tenga consentimiento escrito del arrendador para descontarlo del alquiler, no recomendaría hacerlo en ningún caso.

    • Respondido por: Muelles
    • Hace 15 años
  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    No. Para deducirlo de la renta, hay que presentar una factura (que es donde viene el desglose del IVA). Y la factura tiene que ir a nombre del propietario. De lo contrario, a efectos de la Renta, no justifica que ese cargo va a su nombre... Si el inquilino es muy desconfiado o precavido con estas cosas, puede pagar con tarjeta bancaria. Tendra el ticket como que lo ha pagado el, y el cargo en la cuenta. Y el propietario tendra la factura a su nombre... Respecto a lo de la devolución del importe..., no veo el problema en que se le descuente, a efectos del casero. Es decir, yo como casero me es más difícil sacar ahora X cantidad de dinero de la nada (de mis ahorros o de donde sea), que luego recibir menos cantidad el mes que viene. Que además es como pagar con un mes de carencia. Si ya lo ha hablado en varias ocasiones con el casero, si ha esperado suficiente tiempo, si se tiene que hacer cargo el, y le notifica (antes de hacer nada y dandole un nuevo plazo para que proteste o arregle el las cosas) que se va a hacer asi. Pues no veo el problema. Si el casero no esta de acuerdo, se pondrá en contacto con el inquilino de inmediato. De todas formas, esto es como ultimísisisisisimo recurso. Yo también soy de las que piensa que todo es mejor hablarlo antes y nada de imposiciones...

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Supongo que si el casero va a pagar la factura, bien porque autorice a que se la descuenten de la renta, bien porque lo pague directamente, aunque sea tras una reclamación judicial, debería ir a su nombre. ¿no?

  • Muelles

    casero/a

    Inquilino_y_propietario:

     

    Totalmente de acuerdo con el artículo de la LAU que has pegado, y coincido contigo en que la reparación de la lavadora es algo urgente que, por tanto, podrá reparar el inquilino para evitar daños mayores. Yo sólo quería puntualizar que no es lo mismo "exigir de inmediato su importe al arrendador" (como indica el artículo que citas) que "descontar su importe de los futuros recibos de alquiler" (como sugieres en tu primera respuesta). El importe deberá reclamarse al arrendador, incluso por vía judicial si no atiende al requerimiento, pero en ningún caso descontarlo de la renta sin acuerdo escrito, ya que podría ser demandado y desahuciado por impago.

     

    En cuanto a la factura, igual es cabezonería mia el no pagar nada que no vaya a mi nombre. Supongo que el casero pediría al inqulino que le firmase un recibo por el pago del importe, que junto con la copia de la factura, haría el mismo efecto, ¿no?

    • Respondido por: Muelles
    • Hace 15 años
  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    Muelles:

     

    1.- Según la LAU:

    Art.21.3.El arrendatario deberá poner en conocimiento del arrendador, en el plazo más breve posible, la necesidad de las reparaciones que contempla el apartado 1 de este artículo, a cuyos solos efectos deberá facilitar al arrendador la verificación directa, por sí mismo o por los técnicos que designe, del estado de la vivienda. En todo momento, y previa comunicación al arrendador, podrá realizar las que sean urgentes para evitar un daño inminente o una incomodidad grave, y exigir de inmediato su importe al arrendador.

     

    Esto es según opiniones, pero una lavadora que pierde agua, inunda toda la cocina y puede incluso calar al de abajo, creo que es una urgencia Aparte que guillearg no puede utilizarla y acaba de entrar al piso, (una de las condiciones es que había lavadora en la casa=

     

    2.- Cuando el casero paga algo debe tener una factura a su nombre para desgravárselo de la ddeclaración de la Renta. De lo contrario, pagará el arreglo, y tenfdrá que pagar también unos impuestos por unos ingresos que no ha recibido (los ha empleado en el arreglo). No lo veo justo, y al inquilino no veo que mal le hace pedir una factura a nombre del propietario... El tiene el ticket (justificante) de que lo ha pagado

  • Muelles

    casero/a

    Sólo dos puntualizaciones a inquilino_y_propietario.

     

    1) Si finalmente se ve obligado a comprar el mismo la lavadora por falta de respuesta de su casera, no deberá en ningún caso descontar ese dinero de las futuras rentas, a riesgo de ser demandado por impago. A no ser, claro está, que posea un documento firmado por su casera con ese acuerdo por escrito. Si no es así, deberá reclamarle la cantidad, incluso judicialmente, pero jamás descontarla de la renta.

     

    2) Si finalmente se ve obligado a comprar la lavadora, no entiendo porqué la factura ha de ir a nombre de la casera, si quien realiza la compra y el pago es el inquilino. Yo, al menos, no abonaría ninguna factura que no fuera a mi nombre. ¿Y si a la casera le da por decir que fué ella quien la pagó y que así consta en la factura?

     

    Un saludo.

    • Respondido por: Muelles
    • Hace 15 años
  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    Hay muchas veces, que por la falta de tiempo la gente no se puede ocupar de las cosas como quiere. Quizá por el trabajo o por otros motivos no puede ella encargarse de comprarte una lavadora y quiere que te encargues tu(acabas de entrar en el piso y no la conoces, ¿por qué no puede ser esto?). Pero sea lo que sea, debe quedar todo muy claro.

     

    Mandala un burofax, donde le digas que, como ya la has dicho en repetidas ocasiones (días X, X y X), la lavadora no funciona. Y que ateniendote al art.21.3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, si en el plazo de 3 días no lo ha solucionado, procederás a comprar una tu mismo, descontando su importe de los futuros recibos de alquiler. Y que en ese caso, se podrá presentar en tu domicilio cuando lo estime oportuno para recoger las correspondientes facturas (porque deberás pedir una factura a nombre de tu casera, y le tendrás que dar los originales; tu te quedarás con copia). Añade también todos los desperfectos que encuentres en la casa.

     

    Pero antes de enviarle el escrito, llamalá y díselo: "oye, mira, que como hemos hablado, voy a comprar una lavadora, te lo descuento de los recibos... Y aprovecho para decirte que esto está no funciona correctamente...Te voy a mandar un burofax diciéndote todo esto. No es por nada, es para hacer las cosas bien, para que quede constancia; pero no te asustes que es solamente esto".

    Haciendo esto, evitas malos rollos.

     

    Y si tienes que comprar la lavadora, preguntala por presupuesto que tienes (para que luego no te diga que es muy cara y que la pagues tu).

     

    Por último, indicarte que algunas veces, cuando alguien compra un electrodoméstico, cuando se lo llevan a casa puede recibir algun arañazo o golpe pequeñito. En esos casos, los electrodomésticos se cambian, pero los que tienen la tara, se vuelven a poner a la venta a un precio mucho menor (funcionan perfectamente, lo unico que tiene un pequeño toste, que en muchas ocasiones ni se nota porque coincide con tu pared). Pregunta en las cass oficiales de reparaciones  (de las marcas). Asi tu casero contento porque es barato y le va a durar mucho, y tu contento también porque es bueno y nuevo.

     

    Si luego te sigue poniendo problemas, dínoslo.

  • manuel josé

    casero/a

    COMUNIQUE  POR BUROFAX CON ACUSE DE RECIBO las reparaciones,desperfectos,....TODO,dando  un PLAZO  PARA  SU  REPARACIÓN.
    Los posibles desperfectos del inicio del contrato no comunicados por burofax con acuse de recibo   los tiene que  reparar para dejar el piso como lo recibió  ( bien  s/ Art. 61 del C. Civil ) o se me deducirían a final de contrato, como responsable, a menos que pruebe lo contrario ( Art. 62 y 63 del C. Civil )  de la fianza.
    Sería  muy conveniente para el arrendatario que figurara en el contrato una cláusula de carencia.
    Se cumple el Apdo. 21.1 de comunicación de reparaciones necesarias para conservar  la vivienda habitable ( Art. 1554/2  C. Civil) por lo que deberá facilitar al arrendador y técnico designado por éste la verificación   de la vivienda estando arrendatario obligado a soportarlo y si la obra durase mas de veinte dias  habrá de disminuirse la renta proporcionalmente  a la parte de vivienda de la que se vea privado. En todo momento  mediante  previa comunicación al arrendador por burofax con acuse de recibo podrá realizar las más urgentes  para evitar una incomodidad grave y exigir importe.


    Según Ar. 26 y tras la comunicación al arrendador ( Art. 21.1 )en un determinado plazo sin contestación por su parte, el arrendatario puede suspender o desistir del contrato sin indemnización. Si no estuviera conforme el arrendador, se presentará  demanda judicial(comunicando por burofax con acuse de recibo la reparación figurando
    coste e informe técnico).
    Saludos,

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Dado que tu casera parece ser una persona algo dejada, yo en tu lugar, y para que conste, le escribiría un burofax con certificación de contenido y acuse de recibo, detallando todos los desperfectos hallados y requiriendo que los repare antes de 3 días o que te autorice - por la misma vía (burofax con certificación de texto y acuse de recibo) para solventarlo tú y descontarle de la renta el importe gastado.

     

    Te digo esto, para que así todo quede clarito y por escrito, que luego las palabras "se las lleva el viento".

     

    No es que el burofax tenga que convertirse en el medio de tu comúnicación entre tú y tu casera. No tiene por qué. Pero cuando ocurra como ahora, que se hace la longuis, más vale.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

     

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