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galleta77

inquilino/a

¿Puede vender la casa con el inquilino dentro?

Hola buenas,

Tenemos un contrato de alquiler de un año prorrogable, cuyo primer año caducó en Agosto y hemos seguido con el alquiler, pero sin hacer un contrato de renovación. 

El casero tiene un inicio de embargo por parte del banco y otro por parte de la comunidad de vecinos, y llevamos al juzgado el contrato de alquiler, y los recibos de pagar el mismo.

Ahora el casero dice que quiere venir a enseñar la casa a alguien que quiere comprarla, y no sabemos si puede hacerlo. Según nos han dicho, tenemos derecho hasta 5 años de alquiler por ser este inicialmente de un año. nos preocupa tener que irnos de la casa ahora que la hemos arreglado y pintado nosotros por nuestro coste porque el casero no tiene dinero.

Gracias y un saludo

  • Preguntado por: galleta77
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si, cualquiera que compre el piso deberá respetar sus 5 años de contrato.

     

    Si, la venta debe ser comunicada fehacientemente y en tiempo para que usted ejerza su derecho de tanteo.

     

    Si no lo hicieran, podría entonces ejercer el derecho de retracto.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler 

  • galleta77

    inquilino/a

    Hola, gracias por contestar tan rápido, lo primero.

    Nosotros sabíamos que nos tiene que respetar el contrato, pero la duda que nos queda es si lo tiene que respetar 5 años ahora que ya a pasado el primero, o es de año en año hasta un total de 5.

    Además, el derecho de tanteo y retracto, tiene que hacerlo por escrito?

    gracias de nuevo

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Vamos a recapitular:

    El casero puede vender siempre que se lo permita su situación de embargo, ya que será dificil "con lo que está cayendo" que nadie compre un piso embargado y con inquilino.

    El inquilino no tiene obligación alguna de mostrar su vivienda. Además tiene derecho de tanteo y retracto sobre la posible venta.

    En todo caso el comprador está obligado a respetar el arriendo.

    En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/09/servicio-de-consultas-legales.html estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
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