Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Hola, somos un grupo de estudiantes que vamos a alquilar un piso en Barcelona, para entrar el 1 de septiembre. El casero nos pidió pagar el primer mes (septiembre) como señal. Ahora quiere que le paguemos dos meses de fianza antes de firmar el contrato, que no hemos visto aún, y sin darnos las llaves hasta el 1 de septiembre.
¿Es normal que haya que pagar la fianza antes de firmar el contrato? ¿Deberíamos firmar el contrato y pagar la fianza el mismo día de la entrega de llaves? ¿Dónde podemos leer la legislación al respecto o consejos?
Muchas gracias por vuestras respuestas.
Finalmente vamos a intentar quedar días antes de empezar el mes de alquiler para firmar el contrato, pagar la fianza en metálico y recibir las llaves: todo a la vez.
Además, vamos a pedir a nuestro (futuro) casero que nos envíe una copia del texto del contrato antes, para poder tener tiempo de discutirlo si no estuviésemos de acuerdo en algo.
Por otra parte, buscando información por la Red he encontrado este par de enlaces, bastante útiles:
http://www.spaviv.es/informacion/normativa.php
http://www.upv.es/perfiles/estudiante/documentos/alojamientos_triptico.pdf
No claro. Puede empezar cuando se quiera.
Y si empieza un día 23, hay dos opciones.
Del primer mes se pagan siete días y del último 23, o se paga siempre el mes tomándolo de 23 a 22.
Saludos - Papeleos Alquiler
Pues sí que tienes razón. Por cierto yo he tenido inquilinos cuyo contrato no empieza el día 1... no tiene por qué empezar el mismo día 1, verdad?
Yo lo que hago es \"el contrato\" aunque falten 20 días.
Me pagan la fianza en ese momento y entrego las llaves. Aunque falten 20 días. (¿voy a tener el piso vacío y entregarles las llaves el día 1? Pues no.) Así se van mudando tranquilamente. Eso sí, desde la entrega de las llaves ellos se hacen cargo de los suministros
Saludos - Papeleos Alquiler
Hola, yo lo que hago es si hay un posible inquilino interesado me deja una senyal estipulada para reservar el piso. La senyal se deduce luego del depósito. Es decir, si dejan 100 de senyal yu el depósito son 600 pues abonan la diferencia. Fijamos una fecha para firmar contrato y pagar depósito y primer mes de entrada.
No deis ningún dinero a cuenta sin recibo y no pageis depósito sin firmar contrato... ese es mi consejo