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Tengo un inquilino que lleva 3 meses de alquiler. El primer mes se cobró al entrar, pero en el segundo mes ya me ha pagado el 18 y porque le he perseguido, y el tercer mes me pagó el 15 y porque le tuve que perseguir también.
En el contrato figura que el pago ha de hacerse antes del día 5 de cada mes.
Quisiera saber si este tipo de retrasos son motivo de cancelación de contrato y cómo proceder.
Muchas gracias.
Muchas gracias por las respuestas.
me serán de utilidad.
Puede presentar una demanda de desahucio por falta de pago, alegando la reiteración en los retrasos.
www.asistencialegal.net
El retraso reiterado puede ser motivo de desahucio siempre que lo pueda acreditar.
puede leer este enlace: http://www.pedrohernandezabogado.com/2009/11/es-motivo-de-desahucio-el-retraso-en.html
Para ampliar más o aclarar esta información puede Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención Directa e inmediata (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
http://www.pedrohernandezabogado.com/