Buenos días, Al ser un anexo modificando la renta, el resto de las estipulaciones continúan tal y como estaban. Eso sí, como muy bien le ha puntualizado Amparo, deje muy claro en el anexo la voluntad de ambas partes (especialmente del arrendatario), de continuar con el contrato, incluso añada un motivo que aclare el por que de ese anexo y no de un nuevo contrato...le ahorrara posibles problemas futuros. Respecto a la fianza, una vez pasados los tres años, la actualización de la misma se regirá conforme a lo acordado, y a falta de acuerdo (que entiendo que es su caso), se presumirá que se aplica el mismo criterio que en la renta. Es decir, la "nueva renta" debería ser la "nueva fianza", y esta diferencia la debería depositar mediante una actualización.
Un saludo.
PdC Sociedad Inmobiliaria.