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Quiero poner la clausula(en el contrato de alquiler ) que si nesecito la viviendo para mi o para un familiar en 1º grado puedo recuperar la vivienda .
Tengo que poner un motivo el motivo que mi hijo ser vivir independiente seria valido o solo pueden ser unos motivos en concreto
Hola taitat:
sin perjuicio de las respuestas anteriores, le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/La-denegacion-de-la-prorroga-del-articulo-9-LAU-1994.htm
reciba un cordial saludo.
despacho Armando García Fernández.
1. Se aplica el art 9.1 LAU 1994
2º excepción: Que en el contrato se haya hecho constar expresamente la necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda arrendada antes del transcurso de cinco años para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de divorcio o nulidad matrimonial (art 9.3 LAU 1994).
La clausula deberá hacer constar una necesidad que sea posible acreditar ante el Juez si el inquilino niega su existencia.
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