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O me puede decir que no me la paga hasta que pague los suministros?
Se me había olvidado poner el artículo: "El saldo de la fianza en metálico que deba ser restituido al arrendatario al final del arriendo devengará el interés legal, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves por el mismo sin que se hubiere hecho efectiva dicha restitución."
Y si pasa un mes y no te la devuelve le puedes pedir intereses legales por la demora.
Tiene un mes... COMO MÁXIMO.
Yo según recibí de mi inquilina el aviso de que se iba, fui al I V I M A a solicitar la devolución de la fianza, y confío tenerla de sobra para el día del fin de contrato, y poder así devolvérsela en el momento. (En el caso de DaniA, retendría una pequeña parte hasta liquidar los suministros)
CASEROS-AS, desde el momento en que se recibe la notificación de la no PRÓRROGA, se puede ir pidiendo la fianza y así tenerla disponible cuanto antes.
Normalmente a quien alquila vivienda no le sobra ell dinero, y recibir la fianza cuanto antes les viene muy bien.
Saludos - Papeleos Alquiler
El casero tiene un mes de tiempo para devolverte la fianza una vez le entregas el piso, si pasa de ese tiempo le puedes reclamar intereses legales por la demora.