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Serian válidos todos los contratos privados antes la ley si no se pagara hacienda por los beneficios obtenidos, ¿se podría considerar como un delito fiscal?
Un delito fiscal lo es si el sujeto tributario ha defraudado intencionadamente 120.000 euros por tributo y año.
Por debajo de esa cifra o si no ha habido intención de defraudar, no existe delito fiscal y Ha-cienda suele imponer una multa que va entre el 50 % y el 150 % de la cantidad defraudada.
En tu anterior post, decías que pagabas un alquiler abusivo.
Hoy he leído el primer post que pusiste y en él dices que pagas un alquiler de 300 euros que no te ha subido desde 1997.
Si vives en una ciudad, no parece un alquiler abusivo, ni mucho menos.
Me reitero en lo que te dije. Al estar el contrato en prórroga tácita, cualquiera de las partes puede darlo por finalizado en su próximo cumpleaños.
Respecto a que el propietario no pague sus impuestos, me fastidia tanto como a ti. Pues si no paga nos está engañando a todos.
Pero opino que a ti lo que te debería preocupar más que nada (lo he visto en tu primer post) es no tener recibos del pago de la renta. (O al menos testigos imparciales de que pagas cada mes)
Tu casero podría demandarte por IMPAGO en cualquier momento, y serías condenado a pagar las rentas "debidas" más las costas judiciales.
ESO debería preocuparte (a ti personalmente) más que saber si tu casero declara o no la renta de tu alquiler al fisco.
Saludos - Papeleos Alquiler