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Mi inquilino lleva tres meses en el piso y ahora se quiere marchar. Le hice el contrato normal, el que se renueva al año a voluntad suya. ¿Tiene que pagarme el año entero?. Por favor, indicadme el artículo de la ley pues yo no lo veo claro, pues habla de contratos de más de cinco años
Si el contrato lleva cláusula de desistimiento anticipado, ESO será lo que tenga que pagarte como indemnización.
Si no la lleva deberéis poneros de acuerdo en qué indemnización debe darte para disuadirte de que le demandes.
Si le demandas por incumplimiento de contrato, salvo que exista un motivo super justificado:enfermedad grave, traslado laboral.., la jurisprudencia mayoritaria condena al inquilino que incumple el contrato a seguir pagando la renta hasta que el piso volvió a alquilarse (siempre que el casero fuera diligente en buscar otro inquilino) o hasta fin de la anualidad, lo que fuera menos gravoso. Además de a pagar las costas.
Por todo ello, lo mejor para los dos es evitar ir a juicio. Trabajad en equipo para encontrar a otro inquilino o pactad una indemnización por el desistimiento.
Al ser un desistimiento tan anticipado, la cosa debería estar como mínimo entre 2-3 meses de renta. Salvo que aparezca un inquilino, en cuyo caso, si no dejas de cobrar la renta ningún mes, no ha lugar ninguna indemnización
Saludos - Papeleos Alquiler
En mis post
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/04/mas-sobre-desistimiento-anticipado.html y
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2008/12/desistimiento-del-inquilino.html considero que tienes cumplida respuesta a tus preguntas, no obstante me pongo profesionalmente a tu disposición telefónica para cualquier asesoramiento complementario.