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Buenos días, tengo pensado alquilar un piso, leo que la ley actual me marca períodos de un año ampliable a tres mas, mi pregunta es: si yo hago un contrato a un año ampliable a esos tres mas si el inquilino se va antes de año o al año debe indemnizarme con una mensualidad por cada uno de esos tres años que no ha cumplido? Y en la renovación de la renta puedo pactar un incremento por ejemplo de un 10% o hay un máximo estipulado? Gracias de antemano por sus respuestas.
Un 10%? qué barbaridad!....loco tendría que estar el inquilino si acepta eso....