Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
nada mas
Si se trata de su vivienda habitual, es decir si no tiene otra, está facultado por la LAU a permenecer en esa 5 años.
En mi blog, cuya lectura le recomiendo http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar directamente incluso por teléfono.