Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

sucar

inquilino/a

Me piden una garantía de alquiler, ¿es como un aval de una hipoteca?

Hola,

Os agradecería me ayudarais a resolver una duda, me piden una garantía de alquiler, la que sea dicen, ya que yo ahora mismo cobro el paro, yo imagino que será una vivienda no sé si valdrá otra cosa, si fuera así agradeceria me informarais, si fuera la vivienda debería estar libre de cargas por completo? ¿Qué opciones tengo? ¿Es como un aval de una hipoteca? ¿En qué caso perjudicaría a la persona que fuera como el aval? Os agradezco toda la información ya que no sé que hacer.

Muchas gracias.

  • Preguntado por: sucar
  • Hace 13 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
Marta26 ha sido el primero en contestar
Marta26 ha sido elegida Mejor Respuesta
  • sucar

    inquilino/a

    hola muchas gracias a los dos por responderme, sabes que pasa que el piso es nuevo y van muebles nuevos, bueno todo nuevo entonces imagino que será por si hay roturas o desperfectos. por eso se comento de vivienda pero es necesario que esté libre de cargas? A lo mejor son excusas que me está poniendo, cómo se le dió una señal, no sé la verdad, pero me preocupa porque mi intención es pagar y si no pudiera me irira y punto. gracias de nuevo.

    • Respondido por: sucar
    • Hace 13 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola sucar:

    Las garantías adicionales tienen como finalidad asegurar el cobro de la renta, los despefectos que puedan ser causados en la vivienda y el resarcimiento en caso de imcumplimiento de las obligaciones contractuales.

    En cuanto a los tipos:

    Aval Bancario. Si no se dispone de la cantidad exigida es imposible de contratar.

    Seguro de impago de alquiler. Estando en situación de desempleo tampoco lo podrá contratar.

    Aval patrimonial. Si no dispone de una vivienda en propiedad tampoco podrá prestarlo.

    Avalista personal. Figura en virtud de la cual si el deudor principal no paga, el acreedor puede reclamar la deuda al avalista.

    Depósito. Consiste en la entrega de una cantidad económica en metálico, la cual deberá ser negociada por las partes.

    Reciba un cordial saludo 

    Despacho Armando García Fernández.

     

  • Marta26

    casero/a

    La garantía del alquiler puede ser una vivienda pero lo creo excesivo.

    Normalmente se suele hacer una cantidad, por ejemplo 6 meses, que sería lo que puede durar un juicio y se deposita en un banco que lo guarda durante la vigencia del contrato previo cobro de comisión. A esto se le llama aval bancario.

    Si pones una persona y tu dejas de pagar, le reclamarían a esa persona el alquiler, si pones una vivienda te la embargarían.

    A veces te piden que des la cantidad en efectivo pero la verdad que luego hay peligro que no te lo devuelvan, yo soy más partidaria del aval bancario.

    • Respondido por: Marta26
    • Hace 13 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas