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Un propietario residente en nuetra finca quiere unir una vivienda de su propiedad con otra también de su propiedad inmediatamente superior, mediante elevador para así desarrollar su actividad profesional y tener el despacho conectado a su vivienda. Necesita pedirnos permiso a la Comunidad, o únicamente nos debe informar cuando inicie las obras.
No encontré ninguna limitación de este tipo en la Ley de Propiedad Horizontal de Catalunya.
Gracias.
Lo primero que debería mirar son los estatutos de la comunidad de propietarios para ver si está permitida la unión de dos elementos privativos. Tiene que informar a la comunidad y acreditar que ewtas obras no afectarán a la estabilidad del edificio.