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javier casanovas parellada

casero/a

arrendamiento habitacion
Buenos días, mi consulta es la siguientes, mis padres tienen actualmente 91 y 90 años. Mi madre está impedida y necesitan una persona todo el día incluida la noche. Quieren poner a una chica para cuidarles a la cual le cederían el uso de una habitación y  a cambio le pagarían una cantidad mensual de baja cuantía ya que lo compensarían con el uso de la habitación cedida. El problema es que cuando fallezca el último, nosotros, los hijos, queremos vender dicha vivienda. Podemos tener algún problema para que la chica deje de usar la habitación cedida??? Se ha de hacer algún contrato de arrendamiento incluyendo alguna clausula que incorpore este hecho??? 
  • Preguntado por: javier casanovas parellada
  • Hace 7 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
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  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Javier más que el alquiler de esa habitación lo que me parece arriesgado es que esa persona entra a prestar servicios por cuenta ajena, sin contrato laboral y, lo que es peor, sin alta en la Seguridad Social, si le ocurre un accidente o simplemente denuncia a sus padres pueden tener un problama mucho más grave que el desahucio por finalización de un contrato de arrendamiento. Pedro Hernández Olmo, abogado
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 7 años
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