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Hola,
Vivo en una finca que es de cuatro vecinos de un mismo propietario la finca, que en este momento hay dos pisos vacíos. Quisiera saber, los gastos de agua, ascensor, luz de la comunidad, los debemos repartir entre los dos inquilinos que estamos, o el propietario debe hacerse cargo de los gastos comunitarios de los pisos vacíos?? por favor, necesito una respuesta urgente, un saludo, gracias
Sin perjuicio de la respuesta del compañero, debe saber que en un arrendamiento de la lau1994 al inquilino solamente se le pueden cobrar los gastos de comunidad si aparecen especificados y cuantificados en el contrato.
Para ampliar o aclarar esta información puede Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención Directa e inmediata (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/
Hola Fabiana
Para responder a su consulta es preciso poder examinar el contrato de arrendamiento para ver qué se pactó respecto a los gastos que menciona.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es