ESther formalizar un contrato de arrendamiento por escrito no es obligatorio, la propia ley dice al respecto: Las partes podrán compelerse recíprocamente a la formalización por escrito del contrato de arrendamiento. , por eso considero tan recomendable firmar un documento al salir como al entrar, lo que le haya ocurrido hasta ahora no significa nada.
En su caso se puede ver abocada a pagar los alquileres hasta el día que efectivamente el casero reciba esas llaves, en el juzgado no le van a admitir la consignación de las mismas, para ello tendría que acreditar que el casero se ha negado a recibirlas.
Mi consejo es que, cuanto antes entregue las llaves y si no le dan la fianza la reclame judicialmente.
Pedro Hernández del Olmo, abogado
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