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Nos estamos encontrando en muchos de los pisos que hemos visitado que la propiedad nos pide mas de dos meses de fianza y a veces directamente te piden un depósito de 3000 euros. Según la Ley de Arrendamientos Urbanos dice que en los pisos con muebles la fianza es de dos meses y en los que no tienen muebles la fianza es de un mes. Es legal lo que esta pidiendo el propietario, encaso que sea así se debe hacer constar en el contrato de alquiler? Agradeceré su respuesta.
Hola:
La consultante tiene razón parcialmente ya que es cierto que en una Ley de Arrendamientos Urbanos la fianza de pisos amueblados es de 2 meses de fianza: art 105 de la Lau 1964
reciban un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Aparte de lo comentado, yo te recomiendo que la próxima vez que hables sobre algún tema, antes de asegurarlo, te informes.
"Según la Ley de Arrendamientos Urbanos dice que en los pisos con muebles la fianza es de dos meses y en los que no tienen muebles la fianza es de un mes"
Te invito a que te la leas y me digas donde dice eso.
Elena, antes de darle al propietario un deposito de tal importe, que, por suepuesto es legal, yo preferiria ofrecer esa garantia en forma de aval bancario, pues a veces recuperar esa cantidad no es nada facil.
Pedro Martinez
Abogado
Elena Torrens Tortos Pues claro que es legal.Ten en cuenta ,que el casero deja en tus manos un bien de mucho valor y lo único que quiere es que le pagues y no lo destroces .Además,ten en cuenta que las garantías, tales como fianza y avales se te devuelven al final ¿dónde está el problema?
Hola,
La ley dice que la fianza es de un solo mes, tenga o no tenga muebles la vivienda.
El propietario puede pedir lo que quiera, ya que lo que exceda de un mes se depositará en concepto de garantía, no hay ninguna ley que especifique lo que hay que pedir, sigue buscando, seguro que encuentras viviendas en las cuales te pidan el mes por adelantado más un mes de fianza, siempre y cuando puedas demostrar que eres solvente.