Tendrá que declarar hasta septiembre su casa como vivienda habitual y luego los alquileres obtenidos con las reducciones y deducciones que procedan.
Si reune los requisitos podrá deducir por alquiler de vivienda habitual la parte proporcional que corresponda.
Los contratos de arrendamiento no es preciso quye estén registrados, debe estar depositada la fianza obligatoria, en mi blog tengo desarrollado el asunto.
En
pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.