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Tengo un grupo de inquilinos que llevan más de 30 años arrendando un grupo de apartamentos y están indicando que ya estos apartamentos deberían ser de su propiedad por el hecho de haber cubierto prácticamente el valor del mismo en todos estos años de alquiler. ¿Existe alguna ley que ellos puedan utilizar en su beneficio?
Ante todo, pido disculpas... No me había percatado de que este foro era de España. Realicé una busqueda en Google señalando el rango de la pregunta para Panamá y me dio un enlace con esta página. De todos modos agradezco la atención.
Estén bien.
Esto lo he oido ya más veces, en otros paises del Sur de América...
Me da que no va tan desencaminado.
Y si Livia, es que los que pagamos hipoteca, le estamos pagando un alquiler muy goloso al banco. Hacemos el canelo.. pero qué le vamos a hacer.
No se si es que no te has dado cuenta que este foro esta en España. Dudo que alguien sepa aqui algo de leyes panameñas.
De todas formas lo que comentas es bastante subrealista en cualquier parte del mundo. Las leyes son lógicas y eso de que el inquilino pueda quedarse con una vivienda porque ha cubierto su valor carece de toda lógica. Tú les has alquilado una casa, no se las has vendiddo en comodos plazos. Si eso fuese posible los que estamos pagando hipotecas estaríamos haciendo en canelo.
Jose L. Barria
Este foro está en España y quienes en el participamos conocemos en mayor o menor medida las leyes españolas.
Te recomiendo hagas tu pregunta en un foro panameño o internacional.
Suerte
Cabe señalar que no hay nada pactado en el contrato que ellos firmaron en esa época.