Somos una empresa que gestiona pisos compartidos y una de nuetras tareas es la intermediación entre los inquilinos para resolver los problemas que pudiera generar la convivencia diaria. Firmamos un contrato de "alquiler temporal de habitación por motivos de estudios o trabajo" para pisos compartidos con derecho de uso de espacios comunes indicando que no es su domicilio habitual y que se rige por el Código Civil. En uno de los pisos una de las inquilinas abusa y molesta a las otras dos chicas que me han pasado los mensajes que las manda y las grabaciones donde las insulta, chilla y golpea puertas y paredes. Las dos están bastante molestas y asustadas y después de ver y oir sus mensajes considero que esta persona no puede compartir piso con nadie. En nuestro contrato temporal consta que si existen este tipo de situaciones tengo que avisarla con 5 días para que deje la vivienda. He hablado con ella esta semana y sigue diciendo que la culpa es de sus compañeras, pero no aporta ninguna prueba. Pensaba a visarla con un mes de plazo pero ahora se niega a pagar la renta hasta que no le de garantías de que se va a quedar, y no se las puedo dar ni quiero. Mi pregunta es ¿Una vez avisada por escrito, puedo ir a la vivienda (tenemos por escrito en los contratos derecho para entrar previo aviso 24h. antes) para vaciar su habitación, cambiar la cerradura y dejar sus cosas en un trastero de alquiler donde posteriormente pueda recogerlas?. Agradecería vuestra ayuda, es la primera vez que nos sucede y he visto en algún blog que hay sentencias que lo permiten pero no encuentro la jurisprudencia. Saludos.
Mercedes