Buenos días, Por supuesto que no lo es. El RDL 7/2019, independientemente de su carácter acertado o no, modifica la LAU94. Por lo tanto, si el arrendador es empresa, el plazo mínimo son 7 años. Los únicos limite de un RDL a la hora de regular son -Ordenamiento de las instituciones básicas del Estado. -Derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I de la Constitución Española. -Régimen de las CCAA -Derecho electoral general. Un saludo.
PdC Sociedad Inmobiliaria.