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Una compañera de trabajo tiene esta duda. Ha descubierto recientemente webs. Por una parte un intercambio de "sofas" entre personas a lo largo del mundo: te inscribes en la web y publicas en tu perfil, la forma en que personas pueden alojarse en tu casa de manera gratuita: camas, sofás, etc. todo esto mientras tu estás en la casa. Sirve tmb para hacerles de guia, con el objetivo de en un futuro, hacer lo mismo en su domicilio.
En otra web ofertas alguna habitación a cambio de una cantidad económica, normalmente por un día o dos, tipo hotel, sin contrato de por medio y siempre de particular a particular, también con el objetivo de en un futuro, ir al domicilio de estas personas.
Ella tiene un piso arrendado (vivienda habitual y permanente) y quisiera saber si legalmente, puede utilizar estas fórmulas porque a su modo de ver, y al mío, es una buena forma de viajar y compartir experiencias.
Perdón, me olvidé de que está de arrendamiento.
Sería harto difícil demostrar un subarriendo de tan poco espacio de tiempo, y el pago podría realizarse por otros conceptos, como "comida", y ser un invitado temporal
Hola Evepro:
Salvo pacto en contra que conste en el contrato, la aseveración que hace en su última intervención es correcta.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
http://letradosalquileres.es.tl
Pero a ver, yo tenía entendido que cuando alquilas un piso, no puedes subarrendar, es por esto, la duda que tengo...
La que recibes dinero sería un contrato verbal, igualable al alquiler de habitaciones, pero en vez de pactar un mes se pactarían 3 dias por ejemplo. Otra cosa es que ese pago hay que declararlo a Hacienda ( cosa que no hace ni dios)
Ambas fórmulas son legales? Creía que quizás la que a cambio recibes un dinero, sería dudosa.
gracias!