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Se puede alquilar un piso que es de protección oficial y si hay un tope en la mensualidad a cobrar?
Se puede alquilar si por antiguedad o tipo de protección está permitido (debe consultar en la oficina de la vivienda de su Comunidad Autónoma). Efectivamente hay una renta máxima que deberá respetar y unos requisitos a cumplir.
Puede ver más en uno de las entradas de mi blog asistencialegal1.blogspot.com