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Memencia

casero/a

¿Es legal aceptar el pago de seis meses de renta por adelantado, y pagar así durante toda la vigencia del contrato?

Tengo un aspirante a alquilar mi casa, y aunque le he propuesto contratar un seguro por impago de la renta en lugar de presentar un aval bancario, él me sugiere que me paga la renta por adelantado de seis en seis meses. No sé si tendría validez aunque lo hagamos constar en un contrato privado de alquiler, y si en caso de no abonarme el siguiente semestre en la fecha convenida, puedo iniciar el trámite de desahucio inmediatamente, o tendría que esperar los tres meses que marca la ley.

¿Es recomendable y legal esta modalidad de pago?

  • Preguntado por: Memencia
  • Hace 12 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (5)
javier diez ha sido el primero en contestar
javier diez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Hay un dato importante. La ley no especifica que tenga que esperar 3 meses para instar un desahucio. De hecho, con que deje de pagarle, ya puede instarlo.

    Puede hacer constar esos  6 meses como depósito, y solo tiene que ingresar 1 mes en el organismo de su comunidad autónoma.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Memencia, precísamente ahora es cuando estás a tiempo de hacer bien las cosas. Te lo repito ,la fórmula que te dice no es válida por lo que ya te he dicho, si dentro de tres meses deja de pagarte los próximos seis, no podrás demandarle por impago (ya que te ha pagado por adelantado) y si que te quedas sin garantías. Te lo repito DEBES de hacer constar esos seis meses como aval en efectivo +la fianza de un mes que ingresas en el ivima

  • Memencia

    casero/a

    Entonces, ¿es ilegal pedir más de un mes de alquiler por anticipado, pero si él prefiere pagar así, debo hacerlo constar como fianza adicional? Entiendo que en ese caso, debería pagarme mes a mes, pero dejandome una fianza adicional de seis meses, que se devolvería al finalizar el contrato? Porque salvo que no tiene gastos, no diferiría mucho de pedirle un aval. Y siendo una fianza adicional, habría que depositarla también en el Ivima?

    No sé, si no fuera porque estoy desesperada por alquilar la casa, dada mi situación económica (estoy en paro), las exigencias de este inquilino me escamarían un poco... 

    • Respondido por: Memencia
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Vo a aclararun poco la respuesta de Javier. Efectivamente en lugar de recibir ese dinero en concepto de alquileres anticipados,debe recibirlo como fianza adicional, qu eno podrá ser imputada a alquileres. Tenga en cuenta que la Ley prohibe reclamar mas de un mes de alquiler anticipado.

    El inquilino debe tener claro que el retraso en elpago, aunque exista esa fianza, puede dar lugar a un desahucio por falta de pago.

    Le sugiero que el contrato lo redacte un abogado.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Memencia, Esos seis meses ,deberás ponerles como aval en efectivo y que vaya pagando los meses normalmente como se debe de pagar ,del uno al siete de cada mes. La diferencia es que si hay algún mes que no te paga, no le podrías decir nada, ya que te ha pagado por adelantado y constaría como pagado

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