Señal entregada y no se alquila la vivienda por culpa mía
Tengo un cliente que ha entregado una señal en nuestra cuenta bancaria y nosotros hemos procedido a ingresarle al dueño esta señal. Al día siguiente, nuestro cliente se echa atrás en el alquiler de la vivienda y hemos intentado contactar en un par de ocasiones con el propietario y no nos coge el teléfono.
Nuestro cliente insiste en que le devolvamos la fianza, pero nosotros no tenemos ese dinero ya en nuestro poder.
Hola, las cosas se deben hacer bien hechas, todo ingreso o depósito de una reserva tiene que ser con un documento firmado y con todas las condiciones de alquiler, tanto con el inquilino como con el propietario. Trabajando de esa manera te vas ha encontrar muchas veces con esos problemas. Lo que debes hacer ahora es devolverle el dinero al cliente y por tu parte reclamáselo al propietario. Un saludo.
Aprender la lección. Aunque sea con un mismo inmueble, estás ante dos negocios diferentes: el acuerdo con el cliente arrendatario y el acuerdo con el cliente arrendador.
Las soluciones posibles dependerán de los documentos que se hayan firmado con cada una de las partes, y los pactos que en cada caso se hayan fijado.
También es necesario saber si siempre se actuó en nombre y por cuenta del propietario, o de la lectura de los documentos se puede interpretar que no es así.
Si el documento con el futuro arrendatario es claro en cuanto al desestimiento por su parte, bastará con hacer valer ese pacto. Incluyendo la devolución del depósito si se consintió en aceptar una renuncia al alquiler.
En cuanto a la relación con el arrendador, igualmente será necesario recurrir al pacto que firmaran con el, y hacer valer lo que allí se disponga.
Es Muy recomendable dejar constancia escrita de cualquier pacto entre las partes, por evidentes que pudieran parecer. Es la única fórmula que conozco para prevenir los problemas futuros.
Es difícil dar una respuesta concreta a su pregunta sin el conocimiento detallado de todos los documentos firmados. Todo dependerá de lo bien recogidos que estén los acuerdos.
Quizás sea un buen momento para repasar el contrato tipo que suelen formalizar con los propietarios y con los futuros inquilinos, al menos podrá tener bien documentadas las operaciones futuras.
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