Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Legalidad o perjudicial?
Nada, nada, si es tal y como dices. Es que a veces relajo un poco el lenguaje por hacerme entender.
Esa distincion ya podian estudiarsela bien algunos jueces que nos han hecho bailar entre las jurisdicciones civil y contenciosa por no saber precisamente cuando una administracion actua como tal y como lo hace como un particular.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es
Pedro, ya lo se, pero es que la distinción privado/público siempre es equivoca. Perdona
Hacía la distinción por diferenciarlos de los contratos elevados a publico a los que he supuesto que se referia. Esos tiene sus ventajas y su coste, claro.
pedro Martínez
Abogado
5001@Icagr. Es
Voy a rectificar a mi compañero Pedro, el contrato de arrendamiento de vivienda es 100% un contrato privado, contratos públicos son aquellos en que interviene una administración publica como tal.
El contrato privado es el más habitual, y es perfectamente legal.
El contrato privado no solo es legal, sino habitual en un 99,99% de los arrendamientos.
pedro Martínez
Abogado
5001@Icagr. Es