¿Consecuencias de no pagar el alquiler los dos últimos meses? ¿Desahucio?
Resulta que mis caseros tienen la mala costumbre de quedarse con la mayor parte de la fianza de los alquileres cuando se van los inquilinos (tienen varios pisos y siempre dicen que si las paredes, los muebles o lo que sea para quedarse con algo), además no lo declaran y yo sí lo he hecho (supongo con la consiguiente multa que Hacienda les pondrá, estarán "cabreaditos"), y además suelen tardar más de un mes y después de mucho insistir en devolver la fianza o lo que quede.
Mi pregunta es la siguiente, aún sabiendo que no es legal voy a dejar de pagar los dos últimos meses y que se lo cobren de la fianza, los recibos de luz y agua los quiero pagar en el momento. Y a la hora de finalizar el contrato pagar los posibles desperfectos que se hayan originado. (La intención mía es pagar absolutamente todo). Lo que pasa es que quiero estar en una mejor posición a la hora de acabar con este alquiler y no llevarme disgustos y cabreos absurdos. Entonces, ¿Qué consecuencias podría acarrearme?
Preguntado por:
manuel33
Hace 15 años
Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (4)
Amparo BB ha sido el primero en contestar Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
Jesus Vinsac
casero/a
Por tu texto, veo que ya sabes que es ilegal lo que quieres hacer. Una cosa es la fianza y otro el alquiler.
Al casero, si lo cabreas con esta práctica, puede optar por reclamarte los meses igualmente, y además un inventario de todo lo que él no vea correcto. Él con las facturas de los industriales (pintor, fontanero,...) puede ir a los tribunales. Y si todo lo que reclama el juez lo ve correcto, a to te condenarían en costas, o sea las tuyas y las suyas. Podría salirte muy caro, unos miles de euros mínimo, aparte de esos meses de impago con el interés legal del dinero.
¿Qué hacer?
Si tu pagas los meses correctamente y quieres recuperar tu fianza, haz que en el momento de la finalización contrato, firmeis ambas partes que le devuelves las llaves, que te encuentras al corriente de pago, y que quede constacia el estado del piso en ese momento de la devolución. Entonces con ese escrito ambas partes estáis legalmente comprometidos. Y tu dinero seguro que se te pagará. En este supuesto, si lo demandas tu a él las costas ya irán por su cuenta.
Porque no nos engañemos, el quit del asunto está en el coste de las costas. Es por esto que el casero piensa que por 800 euros, no le meterás un juicio. Pero si lo has atado todo bien atado, demándale y que aprenda. date el gustazo.
Ah, el plazo que indica la LAU es que pasados los 30 días devengará el interes legal del dinero.
Si finalmente está todo pagado, ¿qué te van a reclamar?, la fianza está para responder de los desperfectos del piso a la entrega cuando acaba el contrato pero si también estás dispuesto a pagar eso... si finalmente no les debes nada, no te reclamarán nada. ten cuidado cuando devuelvas el piso que reconozcan por escrito que está todo como cuando se entregó para que luego no puedan inventarse desperfectos.
La consecuencia peor es que no le admitan la finalización del contrato en esas condicones y se vea envuelto en un procedimiento judicial con posible condena en costas.
En mi blog, cuya lectura le recomiendo, pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
La fianza no sirve para compensar ninguna mensualidad, y menos dos.
El casero puede demandar a los inquilinos por el impago de esas dos mensualidades y lo habitual (jurisprudencia) es que las cobre y condenen a los inquilinos a pagar las costas judiciales.
Lo mejor es intentar llegar a un acuerdo y se me ocurre este:
1.- Muestra el piso a la casera para que vea que está en buenas condiciones y que tendrá que devolverte la fianza. Entrégale un escrito informando de tu marcha, para que con él, ella pueda reclamar la devolución de la fianza
2.- Paga el penúltimo mes
3.- Acuerda con ella que el último mes no se lo pagas (a cuenta de una fianza) y el último día, cuando vuelva a revisar el piso y vuelva a ver que todo está en orden, te devuelve la otra fianza (ya la habrá recibido del organismo donde la ingresara en su día pues tardan 30 días en devolverla)
Creo que este podría ser un acuerdo aceptable para todas las partes, y así tú no te arriesgas a que te demande por impago de dos meses de renta.
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