Buenos días,
El contrato puede ser por la duración que se quiera (1 año, 3, 5, 6, 7...) todo depende de como negocies con tu casero.
La penalización prevista en el artículo 11 de la LAU (parte proporcional de mes de renta por año que abandones antes la vivienda tampoco es obligatoria, sino que se puede negociar. Antes de la firma del contrato es cuando tienes que aclarar todos estos puntos y asesorarte sobre qué es lo que más te conviene.
Lo más aconsejable es que acudas a un abogado para que te asesore y revise el contrato a tu favor.
Un saludo,
www.desalvador.es