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Raúl

inquilino/a

¿Cómo será mi contrato tras la reforma de la ley de alquiler?
Vivo de alquiler en el mismo piso desde 2014, tras un contrato de 3 años, ya lo he prorrogado dos años consecutivamente en 2017 y 2018. Ahora me tocaría una nueva prórroga de un año, ¿los cambios recién aprobados en la reforma del alquiler me afectarían en este caso? Si es así, entiendo que el propietario no podría subirme más que el IPC para esta nueva prórroga. Si decidieran hacerme un nuevo contrato podrían poner el precio que quisieran y ¿este contrato tendría que ser necesariamente de 5 años? ¿o se puede indicar otra duración en el contrato, por ejemplo, 3 años?
  • Preguntado por: Raúl
  • Hace 5 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (4)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Maika

    inquilino/a

    Los contratos de alquiler se firman por un año pero se renuevan automaticamente hasta tres años,con la nueva ley,a partir de ahora todos los contratos nuevos en vez de tres años se renuevan automáticamente hasta cinco años, esperó haberte ayudado.
    • Respondido por: Maika
    • Hace 5 años
  • Victor G

    inquilino/a

    Dicho de forma más fácil: A todos los contratos sólo les aplica una ley, la que hay en el momento de la firma. Y así seguirá mientras el contrato dure o se prorrogue.
    La reforma de la LAU no tiene retroactividad obligatoria. Permite adaptar los contratos existentes a la nueva ley, pero sólo si las dos partes están de acuerdo. Mientras usted prorrogue su actual contrato, se aplicará la LAU 2013. En el momento en que firme uno nuevo, será la LAU 2019.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional


    Ahora me tocaría una nueva prórroga de un año,
    ¿los cambios recién aprobados en la reforma del alquiler me afectarían en este caso?

    Si es una prórroga no afecta a nada y no tienen que firmr nada. Simplemente seguir igual que hasta ahora.

     Si decidieran hacerme un nuevo contrato podrían poner el precio que quisieran. Si. Pero si usted no estuviera conforme, se quedarían sin inquilino y si tras tanto tiempo ha sido usted buen pagador, no creo que le pongan un precio tan desorbitado como para que usted decida irse a otra parte.


    ¿este contrato tendría que ser necesariamente de 5 años? ¿o se puede indicar otra duración en el contrato, por ejemplo, 3 años? Incluso de un año. Aunque sería prorrogable, solo si usted quiere, hasta 5 si su arrendador es persona física.


  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Contesto por orden a sus preguntas: ¿los cambios recién aprobados en la reforma del alquiler me afectarían en este caso? NO, esos cambios solo afectan a los contratos que se firmen con posterioridad a los mismos. Si decidieran hacerme un nuevo contrato podrían poner el precio que quisieran y ¿este contrato tendría que ser necesariamente de 5 años? ¿o se puede indicar otra duración en el contrato, por ejemplo, 3 años? Pueden poner la duración que estimen conveniente pero usted podrá prorrogarlo hasta que se cumplan cinco años. Pedro Hernández Olmo, abogado
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 5 años
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