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Mi casero tiene interés en mantener como titular de la luz a la anterior propietaria (familiar suyo), seguramente para mantener algún tipo de subvención para personas mayores hasta que él vuelva a vivir en el piso. Yo no conozco a esa persona, y seguramente ya haya fallecido.
Ahora mismo el contrato sigue a nombre de esa persona. En la compañía suministradora sólamente tienen de mí la cuenta bancaria para cobrar el consumo que se genera de la vivienda que yo habito.
¿Es obligatorio que sea yo el titular de la luz de mi alquiler?
En caso de que sea ilegal que esa persona esté como titular porque no viva ahí o esté fallecida, ¿de quien es la responsabilidad de la estafa? ¿del propietario de la vivienda? ¿o del inquilino que está utilizando los servicios?
gracias por la ayuda.
Si el arrenddaor solamente le ha pedido un numero de cuenta para cargar los recibos vd no es responsable de las irregularidades que pueda haber en la contratación de ese consumo que vd paga.
Le sugiero la lectura de mi bloghttp://www.pedrohernandezabogado.com/y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).