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Muy buenas,
Me gustaría saber las diferencias legales, es decir, a que ley se acoge un arrendamiento de un inmueble y el arrendamiento de una habitación? Lo que quisiera sabes es si tengo los mismos derechos (y obligaciones por supuesto) si me arriendan una habitación donde el propietario sólo viene a pasar los fines de semana previo acuerdo. Agradecería su respuesta.
También puede leer esto:
http://blog.enalquiler.com/2012/el-alquiler-en-los-tribunales/duracion-alquiler-habitaciones/
Debes procurar que te ponga en el contrato que es para un año prorrogable a cinco y que es para vivienda. En ese caso pienso que tienes los mismos derechos de la LAU
En los contratos los acuerdos que se pongan de "común acuerdo" siempre están bien, siempre y cuando se respeten por ambas partes
Hola luisa:
1) Sí, si existen. Da igual que la habitación forme parte de una casa que es habitada por el propietario-arrendador.
2) Sí, es una buena idea incluir en el contrato que necesita la habitación y resto de dependencias (cocina, baño..) como viviemda habitual y permanente. De ésta forma quedará clara la voluntad de las partes en el momento de celebración del contrato.
Reciba un cordial saludo
Muchas gracias Jan por los enlaces, por lo que he podido deducir, los contratos de habitación por parte del propietario no existen? Deben ser de temporalidad, con un fin específico?
Ese no es mi caso, el propietario me ofrece un contrato de arrendamiento de habitación para compartir su casa. EStamos de acuerdo, pero no entiendo muy bien si estoy amparada por la LAU o no, leyendo las diferentes sentencias. Es decir, no se puede especificar en dicho contrato que habrá una ocupación por un tiempo determinado en el que será mi vivienda habitual? Evidentemente necesito un empadronamiento y unas garantías.
Podrías aclararme esto . Muchas gracias de nuevo.
Hola Luisa:
Le sugiero la lectura de los siguientes enlaces:
http://letradosalquileres.es.tl/El-contrato-de-habitacion.htm
http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es