Plantea dos preguntas de respuesta concreta imposible.
Puede demandar cualquiera por cualquier cosa.
Y después de veinte años de ejercicio profesional, lamento decirle que puede ganar cualquier cualquier cosa.
Usted tiene derecho a cobrarse con la fianza el mes impagado, y las reparaciones que no deriven de daños de mero uso, y que pueda justificar con fatcuras o recibos.
A su disposición para lo que pueda necesitar,
www.asistencialegal.net
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