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Alain

inquilino/a

obligacion de cumplimiento local comercial

Hola,
estoy a punto de firmar un contrato de un local comercial. Es un contrato de 10 años, y han puesto una clausula de obligacion de cumplimiento de 3 años.
Tengo 2 preguntas: - es razonable este periodo de 3 años? no es mucho?
- que pasa si quiebro despues de 1 año? tengo que pagar penalizacion o algo?
muchas gracias!

  • Preguntado por: Alain
  • Hace 9 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Alain

    inquilino/a

    ok, gracias. No pienso irme, la unica razon seria la quiebra. Aun si es quiebra pueden demandarme? y como ves 3 años de obligacion por un contrato de 10 años? es mucho o es razonable? gracias!!

    • Respondido por: Alain
    • Hace 9 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    A mi parecer, esa cláusula es mas beneficiosa para el arrendatario, ya que si se elimina, el obligado cumplimiento del contrato pasa a ser de diez años. De todas formas, si como arrendatario quieres evitar el riesgo de que te exijan el cumplimiento de más de un año, siempre que el arrendador lo acepte, se puede poner que el contrato se irá prorrogando a voluntad del arrendatario cada año hasta un máximo de diez años.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si te vas antes del tercer año, pueden demandarte y puedes ser obligado por sentencia judicial a pagar  3 años. Intenta pactar en el contrato una indemnización menor. 
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