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Patricia

inquilino/a

Es correcto??
Buenas tardes, Es una practica permitida en un contrato de arrendamiento de vivienda redactado por una inmobiliaria,  pactar el precio (desorbitado) de la renta para el supuesto de que terminado el periodo de prorroga de tres años se opte por recondución tácita?,  Entiendo que casi desde el momento de la firma, la propiedad le está diciéndo al inquilino que no van a renovar el contrato, porque la renta acordada es tan elevada que no la va a aceptar y tendrá que irse., y asi mismo, invierte el sentido de la ley, ya que si el inquilino y la propiedad no hacen nada una vez transcurrido dicho periodo de tres años, el inquilino se tiene que quedar en lavivienda como   arrendatario soportando esa renta ya pactada.
  • Preguntado por: Patricia
  • Hace 8 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
Pelayo de Salvador ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Patricia a pesar de lo viejo que soy no dejan de sorprenderme los inventos de las inmobiliarias para consegir la cuadratura del círculo en alquileres, con lo fácil que es para que el contrato no se prorrogue al cuarto año, no decir nada o pactar una cláusula como la que señala el compañero, la claúsula que pretenden que firme es practicamente inoperante, puesto que vd lo tiene fácil, con marcharse a los tres años, por lo tanto si le interesa esa vivienda ahora, no dude en aquilarla, dentro de tres años, quien sabe lo que va a pasar.
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    http://www.pedrohernandezabogado.com/
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Esa inmobiliaria, se está liando, con lo fácil que es poner lo que te ha dicho Pelayo o simplemente, no mencionar nada de ello, ya que el arrendador puede  no renovar el contrato conefectos al término de los tres años de arrendamiento Pero si eso de la renta elevada, es desde el inicio del contrato, pactando verbalmente que pagarás un importe inferior, no lo aceptes, ya que cuando ellos quieran, te pueden reclamar las diferencias y además desahuciarte.
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Buenas tardes,
    En primer lugar, señalarte que es aconsejable asesorarse con un abogado antes de la firma de un arrendamiento.
    Por lo que respecta a tu pregunta, sí, es un pacto válido, al igual que lo sería el hecho de decir que el arrendador comunica desde este momento que no aceptará la prórroga del contrato, y que el propio contrato firmado sirve como comunicación al arrendatario de que el contrato no se prorrogará transcurridos los tres años.
    Un saludo,
    www.desalvador.es
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