Noemí lamento decirlo pero tiene un conocimiento erróneo de la ley, un contrato de 11 meses es una "leyenda urbana" cuyo origen ignoro y su eficacia es nula a los efectos que ve pretendía, tal como relata los hechos me temo que ni siquiera puede considerar la fianza como indemnización por desistimiento anticipado., si el inuilino se aviene a ello, le recomiendo que lo deje por escrito y firmado.
Lo que sí considero debe leer atentamente es
EL DECÁLOGO DEL CASERO