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Buenas, En caso de que el arrendatario dejara el piso durante el primer año de contrato, por ejemplo en el mes 7, avisando con 1 mes de antelación, ¿existe la obligación de indemnizar al arrendador? En caso de que sí tenga que indemnizar ¿qué cuantía y cuál es la forma de cálculo de dicha indemnización? Muchas gracias