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Tengo alquilada una vivienda que proximamente va a ser subastada por el Juzgado porque el dueño no ha pagado la hipoteca y el Banco va a ejecutarla. Me restan aún casi 4 años de contrato y las altas de suministro están a mi nombre. El dueño me ha informado telefónicamente de la fecha de la subasta en el Juzgado.
El importe mensual de la renta se deposita actualmente en una cuenta del Juzgado porque al dueño le denunció la Comunidad de Propietarios por no pagar las cuotas.
Sé que él no va a informar de que en el inmueble hay inquilinos. ¿Debo hacerlo yo? ¿Qué consecuencias tiene tanto hacerlo como esperar a que el Banco se ponga en contacto conmigo?
Le conviene y mucho que el Juzgado tenga constancia escrita de su condición de inquilino de esa casa que se saca a subasta.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
Hola,
Todo dependerá de si el contrato de arrendmaiento es anterior o posterior al inicio del embargo.
Si el contrato te lo hicieron cuando el inmueble ya estaba embargado el banco te podrá desahuciar con una orden judicial, si el contrato es anterior a dicho embargo, el banco tendrá que respetar este contrato de alquiler (hasta cinco años si el contrato es anterior a Junio de 2013, hasta 3 si es posterior).
Puedes saber la fecha del embargo pidiendo una copia simple al registro
https://www.registradores.org/registroVirtual/init.do
Hola Manuel:
Le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/El-embargo-de-la-vivienda-alquilada.htm
reciba un cordial saludo.