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charlie_am88

inquilino/a

¿Cuando alquilas un piso se te puede prohibir el uso de alguna zona de la vivienda?

Somos 4 estudiantes con un piso alquilado. Los caseros tienen bajo llave una habitación la cual nos han dicho que no van a abrirnos, y una bodega la cual no está permitida la entrada.

  • Preguntado por: charlie_am88
  • Hace 14 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (11)
Manuel Pregal ha sido el primero en contestar
Manuel Pregal ha sido elegida Mejor Respuesta
  • manuel josé

    casero/a

    A la  atención  del Sr. Jan   y   Cia:

    Al  leer esto se me plantea una pregunta.  En el caso expuesto aquí  no hay duda  ( son estudiantes). Y  en contrato de habitación  ha de figurar el motivo, (que tienen  otro domicilio como habitual).

    Si  no tuvieran otro domicilio  se consideraría éste  su vivienda y pregunto  ¿ se podría  hacer  un  solo contrato por  las 3  habitaciones  reservándose  otra habitación  el arrendador?  saludos y gracias anticipadas.

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Sami:

     

    No se merecen. Ha sido un placer poder orientarle.

     

    Reciba un cordial saludo

  • Sami

    casero/a

    Gracias, Jan Abogado, por los consejos que me ha dado en cuanto a la mejor manera de arrendar mi vivienda. Saludos.

    • Respondido por: Sami
    • Hace 14 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Sami:

     

    La diferencia entre el caso del Sr Charli y el suyo es que en el primero los arrendadores no viven en la vivienda, mientras que en su caso usted sí residiría, aún de forma esporádica, en la vivienda objeto de arrendamiento.

     

    Por lo tanto, creo que en su caso lo mejor es que usted realice 3 contratos de uso distinto al de viviebda(habitación) y que en todos ellos excluya el derecho de uso sobre la habitación que usted pretende ocupar de forma esporádica.

     

    Reciba un cordial saludo

  • Sami

    casero/a

    Hola Jan Abogado, pues yo creo que el caso expuesto por el Sr Charlie es igual que el mío en cuanto a qué el dice que sus caseros tienen una habitación bajo llave que no le van a abrir (aparte de la bodega a la que tampoco puede entrar). Lo que a mí me gustaría es hacer lo mismo, es decir, poder disponer de un dormitorio para mí de forma esporádica cuando lo necesite. La única diferencia que veo en ambos casos es que yo pretendo entrar (si fuera posible) a mi vivienda habiéndolo puesto en el contrato si mis inquilinos están de acuerdo y pienso que lo estarían porque el precio del alquiler sería más bajo si aceptaran esta condición. Incluso estoy dispuesto a dejarles usar ese dormitorio si reciben visitas, siempre y cuando no coincidan con los días que yo necesite la habitación. De cualquier manera, pueda o no usar yo ese dormitorio, mi intención es hacer un contrato conjunto sólo a 3 personas sin autorizar el que entre una cuarta a vivir por lo que el cuarto dormitorio estaría desocupado (al menos habitualmente).

    • Respondido por: Sami
    • Hace 14 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Sami:

     

    Mi respuesta y la de mi compañero Manuel no son contradictorias. Ambos decimos lo mismo, excepto en  que yo considero que, en el caso expuesto por el Sr Charli que no es el mismo que el suyo , no se puede excluir el uso de la habitación, ya que la misma forma parte de la vivienda al no ser un anejo.

     

    Reciba un cordial saludo

  • Paolo_x

    inquilino/a

     

    Sami, 

     

    Manuel se refiere a espacios fuera de la vivienda, como un trastero o cosa asi.

    Si alquilas como vivienda, es indivisible.

    Si alquilas como habitaciones, podrias hacer lo que necesitas.

     

    Saludos.

    Pablo.

     

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 14 años
  • Sami

    casero/a

    Este tema me interesa mucho porque yo tengo un piso de 4 dormitorios en Madrid y quiero hacer un contrato conjunto por 3 de ellos y reservarme el cuarto dormitorio para mí, ya que vivo fuera de Madrid y por motivos médicos lo necesitaré de vez en cuando. Si en este contrato conjunto especifico claramente que alquilo la vivienda entera, excepto un dormitorio, ¿qué problema legal hay? He visto que las respuestas de Manuel Pregal y de Jan Abogado (ambos expertos) son contrarias. ¿Alguien más puede ayudarnos a Charlie como inquilino y a mí como propietario arrojando luz sobre este asunto?Gracias

    • Respondido por: Sami
    • Hace 14 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola charlie:

     

    Siendo 4 estudiantes hay 2 opciones:

     

    1º) Que exista un único contrato de arrendamiento. En este caso las prohibiciones de las que habla carecerían de base legal.

     

    2º) Que existan 4 contratos de arrendamiento de uso distinto al de vivienda( uno por habitación). En este caso las prohibiciones sérán conforme a derecho si están recogidas expresamente en los contratos.

     

    Reciba un cordial saludo

  • Paolo_x

    inquilino/a

     

    Charlie, 

     

    que dice el contrato?

    Es de vivienda o de habitación? (teneis contrato?)

     

    Danos un poco mas de información para que podamos darte un punto de vista con mas base que las suposiciones.

    Saludos, 

     

    Pablo.

     

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 14 años
  • Manuel Pregal

    Manuel Pregal

    profesional

    Hola,

     

    habría que leer el contrato y ver detenidamente cómo está redactado.

    Si es un alquiler "por habitaciones" es perfectamente posible. Y si es un alquiler de "vivienda completa" también sería viable, siempre y cuando se recoja exactamente en el contrato (piense en el caso de que le alquilen un piso, pero no le den acceso a la plaza de garaje).

     

    Espero haber ayudado.

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