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y éstos en régimen de separación de bienes, ¿deben de firmar los dos como arrendatarios? y ¿qué puede ocurrir si solo lo firmó uno?
Muchas gracias
Eduardo, Pholmo, en vez de sacarnos de dudas, como os pedía en el POST IDENTICO de este usuario (y donde os adjuntaba otro post similar en donde también dáis respuestas opuestas) ... volvéis a dar respuestas encontradas.
¡Vaya lío! :-(
Vamos a suponer que los dos son dueños de la finca, aunque estén casados en separación de bienes. Puede firmar el contrato uno solo, pues el arrendador puede ser el dueño, un apoderado, un mandatario verbal, el usufructuario y otras figuras. El contrato es válido respecto a usted. Cuestión distinta es que exista consentimiento del otro dueño, en cuyo caso discutirán entre ellos las posibles responsabilidades, pero a usted no le afectará para nada.
A efecto de aclaración sobre la terminología empleada en su pregunta, le indico que el arrendatario es el que vive en el piso (el que no es el dueño y paga la renta); el arrendador es el que la cobra.
Deben firmar los dos como arrendadores, si los dos son titulares lo que no entiendo es como son titulares los dos si están en regimen de separación de bienes, al menos este bien no lo tiene separado.
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