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pacense

inquilino/a

Contrato Ley antigua

Tras pasar la prórroga tacita de los 3 años, de un contrato suscrito por la ley antigua (en 01/08), cuando vence el contrato? Ha de firmarse nuevo contrato?  Se puede pactar la duración.
  • Preguntado por: pacense
  • Hace 9 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (4)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Hola, cuando cumpla los 8 años, en enero,, si no se "hace nada" a los quince días comienza la tácita reconducción, lo que significa que el contrato se vuelve a autoprorrogar, por meses  si el el contrato original la renta se pactó mensual ( xxxx euros al mes) o por años si se pactó anual ( xxxx euros al año pagaderos en cuotas mensuales de xxx euros).
    Con que una de las partes quiera se puede finalizar el arriendo.
    Y si ambas partes lo desean por supuesto que pueden firmar otro contrato por el plazo que acuerden.
    Saludos -  Papeleos Alquiler
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Pacense, aún a riesgo de parecer excesivamente puntilloso hay que hacer algunas precisiones jurídicas, en Derecho los conceptos son lo más importante: No existe "ley antigua", salvo que se refiera, que no es el caso,   a la ley de arrendamientos de 1964, vigente en algunos contratos, en la actualidad la norma de arrendamientos es la Ley 29/1994, que ha sido modificada en múltiples ocasiones en los más de veinte años que lleva en vigor, conviene subrayar que esas modificaciones no afectan a los contratos existentes cuando se producen. Los contratos de alquiler no se renuevan, renovar=hacer nuevo, si las partes no hacen nada se prorrogan hasta cumplir los plazos marcados por la ley en cada caso, 5+3 años o 3+1 en la actualidad, y cuando se acaban esos plazos   entran en tácita reconducción. En su caso si el contrato se firmó antes de 6/6/2013 vd tiene derecho de prórroga hasta que el contrato cumpla cinco años, sin necesidad de firmar nada. Para ampliar más o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención  directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Si se firmó hace tres años, se renueva automáticamente hasta el 5º año, si llegado esta fecha no se hace nada, se renueva automáticamente hasta cumplir 8, y después la renovación es automática aualmente, por lo tanto, no hay que hacer nada.
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