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Soy la propietaria y tengo un contrato con LAU 94 y en febrero del 2011 vence, despues de 8 años de contrato. En el contrato no dice nada de acogerse a la tácita reconducción. ¿Pódria aplicarla? ¿De que manera? Gracias.
La tácita reconducción se aplica automáticamente por defecto; si nadie dice nada ya se aplica, y el contrato se prorrogaría en principio por periodos anuales.